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El 12/6/2009, el gobierno de Zapatero, ha
incrementado los impuestos a los carburantes (también al tabaco). El
incremento es el siguiente
- El título de la ley que los sube es: Real Decreto-ley 8/2009,
de 12 de junio, por el que se conceden créditos extraordinarios
y suplementos de crédito, por importe total de 19.821,28 millones
de euros, y se modifican determinados preceptos de la Ley 38/1992,
de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
- Respecto a las tablas siguientes el impuesto que
ha subido es el IE (Impuesto Especial) que es estatal. Los demás
se mantienen.
La tabla siguiente refleja los valores antes y después de la
subida
| Subida impuestos 12/6/2009 |
Impuesto
Especial (Estatal)
|
Euros
(€) por cada 1000 litros |
Incremento
|
Después subida |
Antes subida |
c€/l (1) |
% (2) |
Sin
Plomo > 97
|
431,92
|
402,92
|
2,9
|
7,2
|
Sin
Plomo < 97
|
400,69
|
371,69
|
2,9
|
7,8
|
Gasoleo
uso general
|
307
|
269,86
|
3,714
|
13,8
|
(1) Incremento en centimos de euro por litro
(2) Incremento en tanto por ciento (subida importante)
Nota: No he actualizado lo siguiente porque la idea (4 impuestos)
se mantiene. Solo ha variado el impuesto especial y el precio base del
combustible. Lo haré cualquier día
Actualmente
(2008) los impuestos sobre carburantes son cuatro (No les basta
con uno, necesitan sangrarnos 4 veces). Son los siguientes:
- Impuesto
Especial (IE). Es una cantidad fija por litro.
- Impuesto
Venta Minoristas Estatal (IVMe). Es una cantidad fija
por litro. Puede ser actualizado cada año en la Ley
de Presupuestos Generales del Estado.
- Impuesto
Venta Minoristas Autonómico (IVMa). Es una
cantidad fija por litro. Su valor es el aprobado por la Comunidad
Autónoma. Si no se hubiese aprobado tipo alguno, el
gravamen del impuesto será sólo el estatal. En
Castilla y León, Andalucía y Extremadura, su
valor es cero. Es conocido como el «céntimo sanitario»,
porque su finalidad, inicialmente, era financiar las prestaciones
sanitarias de cada región. En cualquier caso, e independiente
de la justificación con que nació, es un impuesto
mas. La Comisión Europea consideró en mayo del
2008 que este impuesto sobre carburantes, aplicado por varias
comunidades autónomas españolas, no respeta la
normativa europea, por lo que reclamó su revisión
(que no quiere decir eliminación. Le cambiarán
el envoltorio y adelante).
- IVA. 16
% . Se aplica sobre el precio del producto mas los anteriores
impuestos (No sobre el precio Base que sería lo lógico)
|
%
|
Euros
(€) por cada 1000 litros
|
Estatal
|
Autonómico
|
IVA
|
IE
|
IVMe
|
IVMa
|
| |
|
|
Asturias
|
Cataluña
|
ClM
|
Galicia
|
Madrid
|
P.Vasco
|
CyL
|
Sin
Plomo > 97
|
16
|
402,92
|
24
|
24
|
24
|
?
|
24
|
24
|
24
|
0
|
Sin
Plomo < 97
|
16
|
371,69
|
24
|
24
|
24
|
?
|
24
|
24
|
24
|
0
|
Gasoleo
uso general
|
16
|
269,86
|
24
|
20
|
24
|
?
|
24
|
24
|
24
|
0
|
El precio
base (PB) es el que pagaríamos si el carburante
no estuviese grabado con impuestos (incluye costes de extracción,
traslado, refino, ganancias de las empresas que intervienen
en el proceso, etc.).
| |
Euros
(€) por litro
|
Porcentajes
|
| |
Impuestos
|
|
Impuestos
|
PB
|
IE
|
IVMe
|
IVMa
|
IVA
|
Totales
|
PVP
(1)
|
Sobre
PVP
|
Sobre
PB
|
95
sin Plomo
|
0,627
|
0,403
|
0,024
|
0,024
|
0,172
|
0,623
|
1,25
|
50%
|
99%
|
98
sin plomo
|
0,755
|
0,372
|
0,024
|
0,024
|
0,188
|
0,608
|
1,363
|
45%
|
80%
|
Gasoleo
automoción
|
0,801
|
0,270
|
0,024
|
0,024
|
0,179
|
0,497
|
1,298
|
38%
|
62%
|
| Gasoleo
automoción Mejorado |
0,840
|
0,270
|
0,024
|
0,024
|
0,185
|
0,503
|
1,343
|
37%
|
60%
|
(1)
Precio medio en varias gasolineras de Madrid el 21/6/08
Practicamente
el 50 % de lo que pagamos, cuando echamos gasolina (gasoleo) al
coche, son impuestos. Por si sirve de consuelo, en la práctica
totalidad de los paises europeos estos impuestos aún son
mayores. Enlaces
sobre el tema:  |